José María Ferrer / 26 Julio 2017

4 actuaciones en Derecho Alimentario que marcan el primer semestre de 2017

La producción jurídica en el ámbito alimentario se ha centrado durante el primer semestre en algunas áreas como: aditivos alimentarios, los límites máximos de residuos de plaguicidas, materiales en contacto con los alimentos, nuevos alimentos, sustancias activas para pesticidas, denominaciones de origen, control de contaminantes y  aditivos para piensos entre otros aspectos. En total, 214 cambios legales que repercuten en la actividad del sector alimentario. Rebasado el ecuador del año hacemos balance de lo generado en materia de Derecho Alimentario durante el primer semestre de 2017 y comentamos lo más destacado.

El elevado nivel de actividad en el Derecho Alimentario,  hemos seleccionado con mirada valorativa algunas referencias que consideramos de especial interés para el sector:

Lucha contra el fraude y controles oficiales de alimentos, la UE aprueba la nueva regulación 

Este año por fin la Unión Europea ha aprobado la nueva regulación sobre controles oficiales. No obstante, será necesario esperar hasta fines de 2019 para que sea aplicable y se pongan en marcha medidas para reforzar la confianza del consumidor e incrementar la lucha contra el fraude. La nueva regulación debe ayudar a tener controles más eficaces y armonizados en el conjunto de la Unión, además de otros aspectos conectados con el e-commerce, la cooperación entre los Estados miembros y la integración de los sistemas de información de la UE.

Hay que tener en cuenta, además, que el artículo Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, modifica los Reglamentos (CE) n.º 999/2001, (CE) n.º 396/2005, (CE) n.º 1069/2009, (CE) n.º 1107/2009, (UE) n.º 1151/2012, (UE) n.º 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.º 1/2005 y (CE) n.º 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 854/2004 y (CE) n.º 82/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales).

 

Límites máximos de residuos de plaguicidas, programa plurianual de control de la UE 2018-2020

Límites máximos de residuos de plaguicidas, si bien la regulación LMR’s todos la tenemos en consideración y vemos como se actualiza permanentemente, es relevante la aprobación del programa plurianual de control de la UE para el trienio 2018-2020. Este es otro de los hitos a tener en cuenta por sus implicaciones en el sector agroalimentario. En concreto, nos referimos al Reglamento de Ejecución (UE) 2017/660 de la Comisión, de 6 de abril de 2017, relativo a un programa plurianual coordinado de control de la Unión para 2018, 2019 y 2020 destinado a garantizar el respeto de los límites máximos de residuos de plaguicidas en los alimentos de origen vegetal y animal y a evaluar el grado de exposición de los consumidores a estos residuos.

 

Control de sustancias medicamentosas en los animales y  criterios para la extrapolación aplicables a especies menores

Control de sustancias medicamentosas en los animales y su extrapolación es otro de los elementos relevantes en el primer semestre de 2017. Con la aprobación del Reglamento (UE) 2017/880 se fijan los criterios para la extrapolación de los LMR de las sustancias farmacológicamente activas destinadas a determinadas especies, que podrán ser aplicados a especies menores.

Reglamento (UE) 2017/880 de la Comisión, de 23 de mayo de 2017, por el que se establecen normas sobre el uso de un límite máximo de residuos establecido para una sustancia farmacológicamente activa en un producto alimenticio determinado para otro producto alimenticio derivado de la misma especie y de un límite máximo de residuos establecido para una sustancia farmacológicamente activa de una o más especies para otras especies, con arreglo al Reglamento (CE) n.° 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo.

 

Xylella fastidiosa, medidas de prevención

Xylella fastidiosa, que se identificó en su día como un riesgo emergente, ahora ya cuenta con medidas para combatir su propagación en España. Desde el Ministerio de Agricultura se han establecido medidas de prevención contra la xylella mediante la Orden APM/21/2017, de 20 de enero, por la que se establecen medidas específicas de prevención en relación con la bacteria Xylella fastidiosa (Wells et al.).

 

De cara al segundo semestre se prevé también una constante evolución del Derecho Alimentario en la línea de lo visto en los primeros meses del año. Por este motivo es de gran importancia que conozcamos cómo evoluciona el Derecho Alimentario que aplica a nuestras actividades, en esa línea desde AINIA, ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas en Derecho Alimentario para darle soporte en la identificación y aplicación del Derecho Alimentario en su día a día, que podrán ayudarle en las cuestiones regulatorias que sobre estos temas puedan surgirle.

Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que participe activamente en la actividad del mismo alrededor de las cuestiones regulatorias que afectan al sector agroalimentario.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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