AINIA / 15 Octubre 2014

La CE restringe el uso de tres conservantes en cosméticos

La Comisión Europea ha adoptado dos nuevas medidas que restringen el uso de tres conservantes en cosméticos: el propilparabeno, el butilparabeno y la mezcla de metilcloroisotiazolinona y metilisotiazolinona. Estas medidas se aplicarán a los productos comercializados después del 16 de abril y del 16 de julio de 2015, respectivamente. En la información contamos más detalles.

Con estas medidas la Comisión Europea quiere reforzar la protección de los consumidores, en particular de los bebés y niños de corta edad. Las dos nuevas medidas adoptadas son:

1. La Comisión reduce la concentración máxima de dos conservantes, el propilparabeno y el butilparabeno, de los límites actuales del 0,4 % si se utilizan por separado y el 0,8 % si se mezclan con otros ésteres al 0,14 % en ambos casos. Se prohíben en los productos sin aclarado concebidos para la zona del pañal en menores de tres años, ya que la irritación previa de la piel y su oclusión pueden permitir una mayor penetración que en la piel intacta. Las nuevas normas se aplicarán a los productos comercializados después del 16 de abril de 2015.

2. La Comisión prohíbe la mezcla de metilcloroisotiazolinona y metilisotiazolinona (MCI/MI) en productos sin aclarado, como las cremas corporales. La medida se dirige a reducir el riesgo y la incidencia de alergias cutáneas. El conservante todavía puede utilizarse en productos que se eliminan por aclarado, como el champú y el gel de ducha, con una concentración máxima del 0,0015 % de una mezcla con la proporción 3:1 de MCI/MI. Esta medida se aplicará a los productos comercializados después del 16 de julio de 2015.

Esta decisión de la Comisión es el resultado de una evaluación del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC), órgano consultivo que lleva a cabo una cuidadosa evaluación de riesgos de las sustancias antes de recomendar su restricción o prohibición

Prohibición del  uso de otros cinco parabenos en cosméticos

A principios de año, la Comisión prohibió el uso de otros cinco parabenos en los cosméticos: isopropilparabeno, isobutilparabeno, fenilparabeno, bencilparabeno y pentilparabeno (Reglamento (UE) nº 358/2014 de la Comisión), a falta de los datos necesarios para efectuar la evaluación. Los productos comercializados después del 30 de octubre de 2014 deberán estar libres de esas sustancias.

La importancia de los conservantes en los cosméticos

Los conservantes son importantes en los cosméticos al proteger a los consumidores contra los efectos nocivos de agentes patógenos que, de otro modo, infectarían las cremas y los productos que se utilizan a diario. Sin conservantes, todos los cosméticos caducarían muy pronto y, en su mayor parte, deberían guardarse en un frigorífico.

El grupo de productos químicos conocidos como parabenos representa una parte importante de los conservantes que pueden utilizarse en los cosméticos. Además del propilparabeno y el butilparabeno, otros parabenos, como el metilparabeno y el etilparabeno, son seguros, como ha confirmado reiteradamente el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC). También forman parte de los conservantes más eficientes.

Legislación EU: Claridad y detalles en el Reglamento  1223/2009

Desde la Dg Sanco, también vemos que se preocupa el control de productos de uso tan extendido como los cosméticos. La aprobación del Reglamento (CE) nº 1223/2009, ha supuesto un antes y un después, podemos verlo muy bien resumido en este enlace.

La legislación UE ha aportado claridad y detalle en los requisitos que debemos tener en cuenta para la fabricación y comercialización de los cosméticos, no obstante desde el Ministerio de Sanidad se trabaja en una legislación nacional que facilite más si cabe la aplicación de esta normativa y actualice la actual legislación española en materia de cosméticos (Real Decreto 1599/1997), por ello debemos estar atentos a la aprobación del futuro real decreto que regule los cosméticos, podéis ver el proyecto del mismo aquí.

La UE regula los cosméticos mediante el Reglamento (CE) nº 1223/2009, que garantiza la seguridad de los consumidores y la integridad del mercado interior. Con independencia de sus procesos de fabricación o sus canales de distribución, los cosméticos comercializados en la UE deben ser seguros. El fabricante es responsable de la seguridad de los productos, y debe someterla a la evaluación científica de expertos antes de la comercialización.

 

 

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Foto de lomurella publicada en Flickr

 

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