AINIA / 10 Diciembre 2014

¿Qué nos traerá la futura modificación del Reglamento 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos?

La actualización del ácido L-(+)-tartárico, la reducción de la ingesta diaria tolerable del fenol y la incorporación de tres nuevas sustancias en nanoformas son algunas de las modificaciones en sustancias para materiales en contactos con alimentos que se incluirán en el anexo del Reglamento (UE) nº 10/2011 una vez la Comisión Europea apruebe la propuesta de Reglamento para modificar y corregir el Reglamento (UE)  nº10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, ¿quieres saber más?

Recientemente se ha presentado la propuesta de Reglamento para modificar y corregir el Reglamento (UE)  nº10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos. Esta propuesta propone varias modificaciones sobre el  Reglamento (UE)  nº10/2011 entre ellas destacamos las siguientes:

• Actualización  del ácido L-(+)-tartárico

El Comité Científico de la Alimentación Humana (CCAH) evaluó el ácido tartárico (sustancia para materiales en contacto con los alimentos y emitió un dictamen favorable solo para la forma natural del ácido tartárico (ácido L-(+)-tartárico) excluyendo explícitamente la forma DL del ácido tartárico. Por lo tanto, debe quedar claro en el nombre de la sustancia incluida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 10/2011 se refiere solamente al ácido L-(+)-tartárico.

• Reducción  de la ingesta diaria tolerable del fenol
 

En el reexamen del fenol la EFSA redujo la ingesta diaria tolerable de 1,5 mg/kg de peso corporal/día a 0,5 mg/kg de peso corporal/día.

Para lograr una reducción suficiente de la exposición al fenol, además de la Ingesta Diaria Tolerable  (IDT) debe emplearse un factor de asignación del 10 % para la exposición procedente de materiales en contacto con alimentos.

• Incorporación de tres nuevas sustancias en ‘nanoforma’

 

  • el copolímero de (butadieno, acrilato de etilo, metacrilato de metilo, estireno) entrelazado con divinilbenceno
  • el copolímero de (butadieno, acrilato de etilo, metacrilato de metilo, estireno) no entrelazado – –
  • el copolímero de (butadieno, acrilato de etilo, metacrilato de metilo, estireno) entrelazado con dimetacrilato de 1,3-butanodiol

La EFSA no ve ningún problema de seguridad en el caso de que dichas sustancias se utilicen:

  • En un porcentaje de peso combinado máximo de 10 % p/p en policloruro de vinilo sin plastificar en contacto con todos los tipos de alimentos a temperatura ambiente o inferior, incluido el
  • Aisladamente o en combinación como aditivos
  • Cuando el diámetro de las partículas sea superior a 20 nm y como mínimo un 95 % de ellas, en número, tenga un diámetro superior a 40 nm.

El uso de estas sustancias no pone en peligro la salud humana cuando se utilizan de conformidad con estas especificaciones, y estas sustancias deben incluirse en el cuadro 1 del anexo I del Reglamento (UE) nº 10/2011.


Estas son solo algunas de las modificaciones que se proponen, en este enlace pueden acceder a la propuesta del Reglamento y a los anexos.

El área de los materiales en contacto con los alimentos se encuentra en un período de plena efervescencia, buena muestra de ello son estas actualizaciones que os hemos comentado yotras que están por llegar.

 

 

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