En el primer semestre de 2014 se han producido numerosos cambios en el Reglamento 396/2005 que establece los límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR’s). Un Reglamento en constante evolución de acuerdo con las pautas que se marcan desde la EFSA (Autoridad Europea en Seguridad Alimentaria) para revisar los valores que se establecen para cada plaguicida y tipo de alimento. Hacemos una revisión de la situación legislativa relativa a los plaguicidas.
Estos son los reglamentos que han modificado el Reglamento 396/2005 desde principios de año que se ha revisado y consecuentemente modificado hasta en 15 ocasiones
Se suprime el capítulo VII, por Reglamento 652/2014, de 15 de mayo (DOUE-L-2014-81411).
Se modifican:
Se han actualizado un gran número de LMR, de entre todos ellos destacamos algunos de los más recientemente modificados, tales como los del acibenzolar-S-metilo, el isoxaflutol, el molinato, la propoxicarbazona, el piraflufeno-etilo, y también la fijación de los LMR de la etoxiquina y el flusilazol entre otros, tal y como ha regulado el Reglamento 703/2014, de 19 de junio.
La EFSA no se detiene en su continua revisión en esta materia y los gestores de riesgos están trabajando de forma permanente para que en la UE contemos con el sistema alimentario más seguro del mundo. Para desarrollar estos trabajos, la Comisión consulta con los laboratorios de referencia en materia de residuos de plaguicidas contribuyendo a la seguridad, excelencia y altísimo nivel de todos los dictámenes que emite.
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