AINIA / 21 Diciembre 2011

5 puntos clave de las nuevas tendencias de etiquetado

 La semana pasada en AINIA se celebró una jornada sobre el etiquetado: Nuevas tendencias en el etiquetado de alimentos e información al consumidor. En este artículo comentamos cómo fue.

Debido a que ha despertado un gran interés entre las empresas líderes de la distribución y del sector de la alimentación e incluso entre particulares interesados en este tema, queremos mostrar desde aquí los principales puntos tratados.

En la jornada participó José María Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación que se encargó de presentar la jornada, contando también con la participación de Silvia Bañares, especialista en la materia procedente de la Universidad Abad Oliva de Barcelona y Sebastián Romero, socio director de Food Law Consultants en Bruselas” que aportaron su visón y dieron un valor añadido al debate.

Cabe destacar también la intervención del equipo de Legislación formado por Fernando Baccino, Aurora Montava, José Miguel García y Richard Navarro que presentaron las principales conclusiones del nuevo Reglamento sobre información al consumidor que será de aplicación a partir del 13 de diciembre de 2014.

A partir del 13 de diciembre de 2014 será aplicable el nuevo Reglamento del etiquetado. Los asistentes a la jornada pudieron conocer de primera mano cuáles son los cambios a los que nos enfrentamos con la nueva ley de información al consumidor y el impacto que causará en los próximos años.

A continuación destacamos los principales puntos que más preocuparon a los asistentes:

1.- Información nutricional. Será obligatorio especificar esta información en el etiquetado, por ello adquiere una gran relevancia para las empresas.

2.- Información de origen. En este punto nos encontramos con un cambio importante. En la actualidad, podemos un producto envasado en España puede ser considerado de origen español, por ejemplo, una bolsa de frutos secos a pesar de que uno de sus ingredientes procedente de un tercer era considerado producto español, ahora esta información también debe especificarse independientemente de que el procesado y envasado sea en España.

3.- Información del etiquetado. La información que debe contener la etiqueta del producto destinado a transacciones internas entre empresas agroalimentarias continúa sin resolverse. Como consecuencia, los distribuidores del sector de la alimentación no saben cómo etiquetarlos.

4.- Indicación de la fecha de congelación y descongelación. Con el nuevo reglamento la expresión “congelado en” será obligatorio para carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos, mientras que la expresión “descongelado” será para productos descongelados antes de la venta, salvo ingredientes presentes en producto final, alimentos cuya congelación es necesaria en la producción y aquéllos en los que la descongelación no tiene impacto negativo.

5.- Mayor accesibilidad. Sobre todo para los más mayores, que podrán leer la letra con mayor facilidad, en este sentido, los envases menores de 80 cm², deberán aumentar el tamaño de su letra en la etiqueta.

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