Para lograr el objetivo y cumplir con la ley es necesario que las empresas agroalimentarias realicen dos tareas bien diferenciadas:
• La toma de muestras y la realización de análisis, que verifiquen los niveles de microorganismos respecto a los valores establecidos en la propia ley (margen de error de la medición, el plan de muestreo, los límites microbiológicos y el número de unidades analíticas que deberían ajustarse a dichos límites).
• Aplicar las medidas correctoras respecto a lo regulado en la ley, en caso de detectar anomalías.
El propio Reglamento 2073/2005 de la UE, y sus modificaciones posteriores, pone el foco en los microorganismos contra los que la empresa alimentaria de frutas y vegetales frescos ha de actuar.
A este respecto, distinguimos:
Son aquellos susceptibles de causar una infección o enfermedad.
Para las frutas y hortalizas troceadas listas para el consumo y para los zumos de frutas y hortalizas no pasteurizados listos para el consumo, la ley señala a la Salmonella/25g, Listeria monocytogenes y E. coli, como los microoganismos patógenos a combatir.
Para las semillas germinadas “Brotes” listos para el consumo, los microorganismos patógenos a controlar son la Salmonella/25g , Listeria monocytogenes, E. coli productora Toxinas Shiga (STEC).
Afectan al producto alimenticio, produciendo cambios que limitan su aprovechamiento, modificando sus características organolépticas y convirtiendo el producto en “no apto” para el consumo.
1. Definición de las distintas familias de productos para evaluación de peligros microbiológicos.
Las medidas a tomar se desarrollarán adaptándose a las características de los distintos tipos de producto. Por esa razón, el primer paso será definir las diferentes familias de productos, en base a la susceptibilidad de estas a la contaminación microbiana. Una fruta o verdura fresca será más o menos susceptible a la contaminación; según sus características intrínsecas (naturaleza, acidez, etc) el tipo de procesado al que es sometido la fruta o la verdura fresca (entera, pelada, troceada), el medio de conservación (fresca, congelada, liofilizada), el envasado (film plástico, atmósfera protectora (MAP), vacío) en relación a la reglamentación vigente o reglamentación derogada utilizándola como referencia etc.
2. Identificación de peligros microbiológicos existentes según la naturaleza del producto vegetal.
Las herramientas que nos van a ayudar a la identificación de peligros microbiológicos vienen determinados por la reglamentación vigente y la recopilación de las normas microbiológicas para cada producto, el RASFF (Sistema de Alerta rápida para alimentos y piensos), así como la propia experiencia y conocimiento del laboratorio de control.
3. Evaluación y categorización del riesgo microbiológico de los productos objeto de estudio.
Se realiza una evaluación del riesgo según la probabilidad de que el microorganismo a evaluar se encuentre en el producto objeto de estudio, no sea eliminado/inhibido por los puntos de control críticos o por el proceso de producción, o tenga capacidad de desarrollarse en el producto final.
4. Establecimiento de un plan de control.
El correcto establecimiento de un plan de control dependerá directamente de:
– La previa evaluación del riesgo potencial de los productos.
– Uso a que va destinada cada uno de los productos.
– Volumen de compra de cada una de las referencias.
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