José María Ferrer / 09 Febrero 2022

Cuantificación y control de las medidas de reducción de los plásticos de un solo uso

Recientemente se ha publicado la Decisión de Ejecución (UE) 2022/162 de la Comisión de 4 de febrero de 2022 por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al cálculo, la verificación y la comunicación de información sobre la reducción del consumo de determinados productos de plástico de un solo uso y las medidas adoptadas por los Estados miembros para lograr dicha reducción para dar continuidad y clarificar algunos de los puntos que se plantearon a través de la Directiva (UE) 2019/904 en cuanto a las medidas de cuantificación y control en la reducción del consumo de los productos de plástico de un solo uso.

¿Cómo lo cuantificarán y controlarán los Estados miembro?

Antes de entrar en el cómo, debemos tener en cuenta que el objetivo de la legislación es garantizar la coherencia entre las normas relativas al cálculo, la verificación y la comunicación de la reducción del consumo de los productos de plástico de un solo uso y facilitar el acceso a esas normas. Para afrontar esta tarea los Estados miembro tienen flexibilidad a la hora de plantear el sistema, dado que podrán elegir entre calcular la reducción del consumo sobre la base del peso total del plástico contenido en los productos de plástico de un solo uso comercializados o del número de tales productos comercializados. La elección de las medidas podrá variar en función del impacto medioambiental, aunque siempre deberá ser proporcionada y no discriminatoria. Si se opta por medir la reducción sobre la base del peso del contenido de plástico en los productos de plástico de un solo uso comercializados, se verificará adecuadamente el impacto medioambiental y además se tendrán en cuenta los métodos de medición y los formatos de notificación de envases y residuos de envases establecidos en la Decisión 2005/270/CE. La otra alternativa, la medición de la reducción del consumo sobre la base del número de artículos de plástico de un solo uso comercializados es también una metodología correcta. En este caso será necesario tener en cuenta si además del número de artículos se producen movimientos intracomunitarios de productos de productos de plástico de un solo uso a nivel mayorista, para realizar los ajustes pertinentes.

¿Qué propone la Comisión Europea?

La Decisión 2022/162 aprueba la metodología para el cálculo de la reducción del consumo de productos de plástico de un solo uso con las opciones que hemos indicado anteriormente. Los cálculos se realizarán de acuerdo con lo previsto en el anexo I de la norma que distingue dos posibilidades, por un lado, los vasos para bebidas incluyendo tapas y tapones y por otro los recipientes para alimentos. Además del sistema de cálculo, también se determinan los formatos con los que los Estados miembro deberán proceder a las distintas comunicaciones:
  • Formato para la comunicación de datos sobre los productos de plástico de un solo uso comercializados
  • Formato para la comunicación de las medidas de reducción del consumo
    • Medidas para lograr una reducción del consumo de vasos de plástico de un solo uso para bebidas, incluidas sus tapas y tapones.
    • En el caso de los recipientes de plástico de un solo uso para alimentos.
  • Formato del informe de control de calidad
Por último, hay que recordar que los destinatarios de esta disposición son los Estados miembro y que entrará en vigor el próximo 27 de febrero de 2022. Desde el punto de vista de los operadores agroalimentarios es relevante conocer no sólo como se medirán todos los aspectos relacionados con la reducción de los plásticos de un solo uso, sino también cómo se comunicarán a la Comisión. La información que se solicita a los Estados miembro será solicitada a los operadores económicos en relación con la puesta en el mercado de estos envases de un solo uso y por tanto es muy conveniente que conozcan desde el primer instante todos los planteamientos de la UE. Desde AINIA proseguimos en nuestra labor para conocer y difundir todas las novedades que en el ámbito del Derecho Alimentario se produzcan, así como informar sobre su repercusión en nuestro sector. Si necesitas un asesoramiento legal, desde AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico alimentario o desde un enfoque centrado en el envase. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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