José María Ferrer / 25 Marzo 2020

Desperdicio de alimentos y su minimización, ¿cómo se afronta su regulación?

Hacer la compra es una de las pocas medidas que están permitidas dentro del estado de alarma que se ha impuesto provocada por la situación creada por el COVID-19. Debemos tener en cuenta que el suministro de alimentos está garantizado, pero también debemos ser responsables con nuestra compra. Se debe evitar comprar de manera compulsiva para no fomentar el desperdicio de alimentos.

España se comprometió a reducir el desperdicio de alimentos a la mitad en 2030. Lo hizo cuando adoptó los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU en septiembre de 2015. Pero no va por el buen camino. Los hogares españoles tiraron a la basura 1.339 millones de kilos/litros de comida y bebida en 2018, es un 8,9% más que el año anterior. Se rompe así la tendencia a la baja que se había producido en los dos ejercicios anteriores, según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

Todos somos conscientes de la importancia que tiene las medidas destinadas a la reducción del desperdicio de alimentos, para utilizar mejor los residuos alimenticios, el aprovechamiento de excedentes alimentarios o la prevención de las pérdidas y despilfarro de alimentos. El punto de partida está claro, es más, en los últimos años se han aprobado distintas iniciativas legales por parte de algunas comunidades autónomas, estos son algunos de los ejemplos:

  • Ley Foral 7/2013, de 25 de febrero, sobre utilización de residuos alimenticios (Navarra).
  • Ley 10/2013, de 18 de octubre, para el aprovechamiento de excedentes alimentarios y creación de la Red Solidaria para el Aprovechamiento de Alimentos (Murcia).
  • Decreto 19/2019, de 26 de marzo, por el que se promueven medidas para evitar el desperdicio alimentario y se facilita la redistribución de alimentos en Castilla-La Mancha.
  • Ley 3/2020, de 11 de marzo, de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios (Cataluña).

Las distintas iniciativas apuntan en una misma dirección, o mejor aprovechamiento de los alimentos que producimos y por tanto la reducción de los desperdicios alimentarios para tratar de aproximarnos al Objetivo de Desarrollo Sostenible 12.3.

El ODS 12.3 tiene dos componentes, las pérdidas y el desperdicio, que están medidos por dos indicadores distintos.

  • Sub-indicador 12.3.1.a – Índice de pérdidas de alimentos. El índice de pérdida de alimentos se centra en las pérdidas de alimentos que se producen desde la producción hasta el nivel minorista (sin incluir este). Mide los cambios en las pérdidas porcentuales de una cesta de 10 productos básicos por país en comparación con un período de referencia.
  • Sub-indicador 12.3.1.b – Índice de desperdicio de alimentos. Se está elaborando una propuesta para medir el desperdicio de alimentos, que comprende el nivel minorista y de consumo.

Las distintas disposiciones legales de las comunidades autónomas se han apoyado en cuestiones tales como la regulación sobre residuos, Directiva 2008/98/CE, iniciativas del Parlamento Europeo como la Resolución de 19 de enero de 2012 o la Comunicación de la Comisión Europea de 16 de octubre de 2017 sobre «Orientaciones de la UE sobre la donación de alimentos», aproximándose a la misma problemática desde distintos enfoques.

La teoría es correcta, la cuestión es: ¿en la práctica están teniendo una aplicación real? Si observamos algunas de las disposiciones mencionadas y los elementos que proponían para luchar contra el desperdicio de alimentos, vemos que no se han desarrollado las medidas previstas. Por ejemplo:

  • Código de Buenas Prácticas de la distribución sobre los excedentes de alimentos (el Gobierno de Navarra debía elaborarlo antes del 12 de diciembre).
  • Código de Buenas Prácticas para el aprovechamiento de excedentes de alimentos (Murcia). Se publicó en relación con este punto una Guía de buenas prácticas de higiene para el aprovechamiento de excedentes alimentarios.
  • Código de Buenas Prácticas para la prevención y el aprovechamiento de excedentes de alimentos (Castilla La Mancha)

Se observa una voluntad para legislar en relación con esta materia que después no es correspondida con la concreción de las iniciativas previstas. Quizás sea más necesario plantear acciones generales en toda la Unión Europea (tengamos presente que todavía no existe una normativa armonizada en esta materia) para que realmente seamos capaces de alcanzar el ODS 12.3. En esta materia la dispersión de actividades es negativa en la medida que no acaban de concretarse las múltiples iniciativas que surgen, aquí podemos ver un buen número de ellas agrupadas en la página que el Ministerio de Agricultura dedica a la Estrategia «Más alimento, Menos desperdicio».

Es necesaria una mayor actuación sobre la sociedad en su conjunto a través de formación para los consumidores, no debemos olvidar que más del 40% del desperdicio de los alimentos se genera en nuestros hogares. El mejor aprovechamiento de los alimentos paras por una mayor implicación de todos los agentes de la cadena alimentaria, además de los consumidores la Industria y la Administración tienen que desarrollar un papel muy relevante en esta materia.

El sector alimentario es muy sensible y complejo debido a las constantes novedades legislativas tanto en el ámbito nacional como en el comunitario. Esta característica le confiere unas especificidades que requieren de una visión especializada de sus diferentes aspectos legales. Precisamente, en AINIA contamos con un equipo de abogados  y juristas especializados que pueden ayudarte a resolver cuestiones vinculadas a la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico aplicable a los alimentos. No lo dudes y contáctanos.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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