Hacemos un breve repaso de las expectativas legislativas de cara al año 2020. Al analizar la situación previsible nos vemos obligados a echar la vista atrás para recordar lo que decíamos en diciembre de 2018 pensando en el año que ahora acabamos. La retrospectiva nos da una imagen no muy positiva, dado que un buen número de los desarrollos legislativos que podían esperarse en 2019 no han visto la luz.
La situación actual ha evolucionado escasamente, en tanto que la mayoría de las normas de calidad pendientes de actualización continúan en la misma situación que estaban hace un año. Confiamos en que durante el 2020 por fin se revise la legislación sobre:
Por su trascendencia la primera norma de calidad en ser revisada, debería ser la correspondiente al aceite de oliva, de forma que casi cuarenta años después veamos actualizado el Real Decreto 308/1983 y podamos disponer de una nueva norma de calidad aplicable al aceite de oliva.
Las conservas vegetales también deben ser objeto de revisión durante el próximo año. La actualización legislativa se focalizará en tres aspectos primordiales:
Productos que ya debieron ser actualizados en 2018 y 2019 son los aceites vegetales, caldos, consomés, sopas y cremas, galletas y las patatas fritas y productos de aperitivo. Estamos ante disposiciones que se previó revisar en el ejercicio 2018 de acuerdo con el Plan Normativo que publicó en diciembre de 2017 el Gobierno, por tanto, consideramos que aunque con cierto retraso es de esperar que se aprueben las nuevas normas de calidad.
En el ámbito comunitario la regulación alimentaria se centrará en tres grandes áreas:
Control Oficial, en 2020 comenzará a rodarse el Reglamento 625/2017 que es de aplicación desde el pasado 14 de diciembre de 2019. En este punto debemos prestar especial atención a las posibles medidas legislativas vinculadas a la lucha contra el fraude alimentario.
Información al consumidor, seguirá siendo un eje de la legislación alimentaria y contamos con nuevas disposiciones que desarrollarán el Reglamento 1169/2011. Un ejemplo lo veremos en una futura regulación sobre el origen de los productos cárnicos, más allá de lo legislado en 2013 y de la aplicación del Reglamento 775/2018 a partir del 1 de abril de 2020.
Evolución de los parámetros habituales de control, tales como los contaminantes, los límites máximos de residuos de plaguicidas y los controles microbiológicos entre otros factores.
También prevemos posibles medidas legislativas vinculadas a los materiales en contacto con los alimentos, tanto en el ámbito nacional y autonómico en conexión con la Directiva 904/2019 de plásticos de un solo uso, como con otros elementos directamente relacionados con los materiales y las medidas que puedan plantearse para minimizar su impacto ambiental.
Además de estas medidas, no hay que descartar el seguimiento a la evolución de otras cuestiones legales, tales como nuevos alimentos, ampliación de contaminantes objeto de control, modificaciones sobre aditivos alimentarios o el control sobre las sustancias medicamentosas que se emplean en productos de origen animal, entre otros elementos.
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