José María Ferrer / 15 Junio 2022

Normas de la UE en materia de salud y medio ambiente a los productos agrícolas y agroalimentarios importados

Hace unos meses hablamos sobre las cláusulas espejo y su necesidad en el contexto del comercio internacional agroalimentario. Ahora desde el Ministerio de Agricultura se refuerza esa necesidad, el ministro Luis Planas “ha recalcado la necesidad de establecer medidas concretas de reciprocidad, si queremos que nuestros agricultores y ganaderos tengan unas condiciones competitivas semejantes y que los efectos medioambientales positivos que busca la estrategia «De la granja a la mesa» no sean sustituidos por emisiones más elevadas desde fuera de la Unión Europea”. Bien, no sólo hemos de considerar a las cláusulas espejo, también es necesario poner sobre la mesa la importancia de las normas en materia de salud y medio ambiente en los productos agroalimentarios importados a la Unión Europea.

Desde la UE se constata la importancia de la aplicación y cumplimiento de las normas en materia de salud, medio ambiente y sostenibilidad, no como intereses individuales de la propia UE, sino como intereses globales. Los problemas mundiales requieren acciones a escala mundial. La UE lleva tiempo trabajando en estas problemáticas y ello se ha plasmado en el informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo Aplicación de las normas de la Unión en materia de salud y medio ambiente a los productos agrícolas y agroalimentarios importados.

En el citado informe partiendo de la premisa de que la UE es un agente clave en el comercio agroalimentario mundial (es el mayor exportador mundial y el tercer mayor importador de productos agroalimentarios), se valoran distintos aspectos que han de contribuir para alcanzar sistemas alimentarios sostenibles en los que no sólo se garanticen los aspectos directamente ligados a la seguridad alimentaria, sino que también se incida en cuestiones sanitarias y medioambientales.

A la UE le preocupa no sólo que los productos agroalimentarios que se importan cumplan con los requisitos de su sistema sanitario y fitosanitario, también quiere abordar otros aspectos en los alimentos que entran en la UE. La resistencia a los antimicrobianos, en esta temática la se prevé la fijación de nuevos requisitos a partir de la legislación sobre medicamentos veterinarios en relación con el uso de antimicrobianos en animales y productos de origen animal destinados a su importación en la Unión. En concreto, estos no pueden tratarse con antimicrobianos con el fin de fomentar su crecimiento o aumentar su rendimiento, ni con antimicrobianos designados en la Unión como reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en las personas.

Por otro lado, en cuanto a los temas medioambientales y de bienestar animal la UE quiere desarrollar más los aspectos sobre el modo de producción de los alimentos para cubrir el vacío existente en cuanto a legislación general que establezca requisitos medioambientales o de sostenibilidad para aplicar en el caso de los alimentos importados. Se pretende trabajar sobre los métodos de producción y transformación en cuanto a su impacto en el medio ambiente y el bienestar animal, no en producto final, algo que se considera abordado con la legislación existente.

¿Cómo trata la UE alcanzar estos objetivos?

Como hemos mencionado la UE es consciente de la necesidad para lograr que las normas sanitarias y en materia medioambiental también se consideren en los productos importados y quiere obtener resultados mediante tres vías:

Nivel multilateral, mediante un consenso mundial sobre la necesidad de actuar y desarrollar normas acordadas a nivel internacional. Para ello es desde la UE se marca un objetivo a largo plazo en el que se esforzará en la mejora de las normas en materia de salud, medio ambiente y sostenibilidad en todo el mundo.

Los acuerdos comerciales y la cooperación bilateral, aquí se pone en juego la agenda comercial UE y los acuerdos comerciales en los que ya se ha incorporado un capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible, así como disposiciones sobre cooperación en materia de bienestar animal y resistencia a los antimicrobianos. Un paso más lo veremos en los acuerdos que actualmente están siendo objeto de negociación y que prevén un capítulo sobre sistemas alimentarios sostenibles.

Medidas individuales o autónomas en defecto de las alternativas anteriores para desarrollar regulación en los aspectos medioambientales o éticos para los productos importados, siempre respetando las normas correspondientes de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Como conclusión hemos de tener presente que todas las iniciativas de la UE en estos campos conllevan riesgos y dificultades, es complicado ser el promotor de cambios que repercutirán en el comercio mundial de productos agroalimentarios, aunque el esfuerzo merecerá la pena dado que se contribuirá a la mejora de la situación global en línea con el enfoque «Una sola salud».

Si necesita un asesoramiento legal o técnico en relación con las cuestiones ligadas con los aspectos legislativos ligados a las pérdidas y el desperdicio alimentario, desde AINIA podemos ayudarles a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico agroalimentario. También puede comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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