José María Ferrer / 08 Junio 2022

Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario

Una vez consideradas las aportaciones de los distintos agentes al anteproyecto de ley se ha procedido con la aprobación del proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. La futura regulación se focaliza en distintas iniciativas y actuaciones que permitan reducir la pérdida de alimentos a lo largo de toda la cadena (desde la recolección hasta el consumo final), comentamos algunos de los aspectos más destacados.

Los elementos clave del proyecto son:

  • Plan de prevención y jerarquía de prioridades de uso,
  • Obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria,
  • Buenas prácticas de los agentes de la cadena alimentaria
  • Fechas de consumo preferente y su racionalización,
  • Instrumentos para el fomento y control de la reducción y prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario y
  • Régimen sancionador

Plan de prevención y jerarquía de prioridades de uso. Partiendo del criterio establecido en el artículo 5 del proyecto, las empresas deberán disponer de un plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario. Se trata de un elemento clave en el que hay que considerar los siguientes criterios:

  1. Donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano,
  2. Transformación de los productos que no se han vendido, pero que siguen siendo aptos para el consumo humano, en otros productos alternativos,
  3. Alimentación animal y la fabricación de piensos,
  4. Uso como subproductos en otra industria y
  5. Como residuos, al reciclado y, en particular, a la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos, cuando no sea posible lo anterior, para la valorización energética mediante la obtención de biogás o de combustibles.

Obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria. El proyecto de ley fija distintos tipos de obligaciones para todos los agentes de la cadena, por ejemplo, en el caso de las empresas de hostelería y restauración deberán facilitar al consumidor que pueda llevarse los alimentos que no haya consumido, salvo en los formatos de servicio de bufé libre o similares donde la disponibilidad de comida no está limitada, así como informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú.

Buenas prácticas de los agentes de la cadena alimentaria, como aquellas destinadas a la promoción de modelos de buenas prácticas para evitar y reducir las pérdidas y el desperdicio alimentario haciendo hincapié en el fomento de líneas de venta con productos «feos», «imperfectos» o «poco estéticos», promover el consumo de los productos de temporada, los de proximidad, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles, fomentar la venta de alimentos a granel e incorporar y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los alimentos.

Fechas de consumo preferente y su racionalización, un punto muy concreto y práctico para contribuir al mejor aprovechamiento de los alimentos. Se propone el desarrollo de políticas públicas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

Se trabajará mediante acciones de difusión, formación, investigación e innovación por parte de las autoridades competentes:

  • Acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y de consumo preferentemente.
  • Incentivar que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos, sin perjuicio de las condiciones de calidad.
  • Promoción de la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.
  • Estudios e investigaciones industriales orientadas a la mejora del marcado de fechas de consumo preferente con relación a la calidad de los alimentos.

Instrumentos para el fomento y control de la reducción y prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Se plantea un trabajo en tres niveles, que se concretan en:

  • Plan estratégico de prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio alimentario, que abordará la estrategia general de la política de desperdicio alimentario.
  • Plan nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario. El Ministerio de Agricultura aprobará un Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  • Informe anual, anualmente el Ministerio de Agricultura realizará un informe en el que recogerá el resultado de la ejecución del Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

Régimen sancionador, contempla entre otras infracciones la no aplicación a las pérdidas y el desperdicio alimentario de la jerarquía de prioridades, como infracción leve o no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario como infracción grave. Estos son algunos ejemplos de las infracciones en las que se puede incurrir y que en el caso de las calificadas como muy graves podrían suponer una sanción de hasta 500.000 €.

Si necesita un asesoramiento legal o técnico en relación con las cuestiones ligadas con los aspectos legislativos ligados a las pérdidas y el desperdicio alimentario, desde AINIA podemos ayudarles a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico agroalimentario y con nuestros especialistas para reducir el desperdicio alimentario. También puede comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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