AINIA / 18 Diciembre 2013

¿Qué podemos esperar del 2014 en legislación alimentaria?

 

El 2014 nos deparará importantes novedades en la legislación alimentaria. Entre otros, por fin veremos la Norma de Calidad de Derivados Cárnicos, se actualizará la regulación sobre complementos alimenticios, quizás también podamos ver una nueva regulación sobre “novel foods” y pasemos página con la rigidez que ha impuesto el Reglamento 258/1997.

1. Aprobación de la norma de calidad de los derivados cárnicos

La nueva propuesta (2013/561/E) establece la caracterización de los derivados cárnicos en función del tratamiento a los que han sido sometidos, los factores de composición y calidad, el etiquetado y, en particular, el marcado e identificación de jamones y paletas para el control del período de elaboración, el autocontrol y la trazabilidad, así como un anexo I con las características físico-químicas que deben cumplir, excluyendo cualquier aspecto higiénico-sanitario.

Otra novedad importante tiene que ver los productos adobados. Se refuerza la definición de marinado/adobado, indicando que: “afecta íntegramente a la materia prima lo que da lugar a la transformación de las características de la carne fresca”, apuntando directamente a que los productos adobados son productos cárnicos.

Así mismo, se incrementará el porcentaje mínimo de carne de la especie principal para poder incluirlo en la denominación de venta, es decir que los productos elaborados con carnes de varias especies, para que figure solamente la especie principal en la denominación de venta, el porcentaje de este debe de elevarse del 65% al 80%

De todo esto ya hablamos en el post sobre novedades  de la propuesta de la norma de calidad de derivados cárnicos. Si quieres saber más, te animamos a leerlo en este enlace.

2. Actualización de la regulación sobre complementos alimenticios

El Ministerio de Sanidad propone modificar en el 2014 el Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios. El objetivo de esta modificación es introducir la lista de sustancias distintas de vitaminas y minerales que pueden usarse en los complementos alimenticios, para garantizar la protección a los consumidores y mejorar la competitividad de las empresas alimentarias españolas.

Con este proyecto de Real Decreto se facilitará el empleo de nuevos ingredientes distintos de vitaminas y minerales, como por ejemplo,  ácidos grasos, aminoácidos,  enzimas, péptidos y polisacáridos.

Además,  aportará más flexibilidad en relación con la determinación de los productos que ahora pueden comercializarse bajo la denominación de complementos alimenticios, para adaptarse a la realidad del mercado.

Adelantamos lo fundamental del tema en este post que publicamos el 3 de julio de 2013


3. Nueva regulación sobre “novel foods”

Hace años que el sector alimentario está pidiendo una regulación más flexible y adaptada a la realidad, ya que la normativa actual sobre ‘novel foods’ o nuevos alimentos data de 1997. Este reglamento el sector lo considera como un elemento de "freno" a la innovación. Por ello, hace años se puso en marcha una revisión de esta regulación y en 2008 se propuso un reglamento que fue rechazado en marzo de 2011, cuando el Parlamento Europeo y el Consejo no pudieron llegar a un acuerdo en la última etapa del proceso.

De nuevo, se habla de un nuevo proyecto de revisión sobre ‘novel foods’ junto a la del Reglamento para los productos alimenticios procedentes de animales clonados que persiga los siguientes objetivos:

• Simplificar el procedimiento de comercialización para los alimentos naturales poco conocidos en la Unión Europea pero que se consumen en otras partes del mundo (como el jugo de noni, por ejemplo).

• Definir de forma más amplia lo que es un nuevo alimento, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías, así como ampliar el ámbito de aplicación del Reglamento.

• Centralizar los procedimientos: una única lista comunitaria donde se incluirán los nuevos productos alimenticios que, después de su evaluación por la EFSA, podrán comercializarse.

Para ampliar más esta información accede al post  en el que hablamos sobre la situación legislativa de los ‘novel food’

4. Prohibición del uso de las aceiteras rellenables en el canal HORECA

A partir del 1 de enero de 2014 entrará en vigor la prohibición de las aceiteras rellenables en hostelería, restauración y catering pero se podrán seguir utilizando las existencias disponibles hasta el 28 de febrero de 2014.

De por qué esta medida supone un gran avance para el sector oleícola español  a la hora de protegerse de fraudes, ya hemos hablado en este post.

5. Aprobación de una nueva Norma de Calidad para el yogur o yoghourt

El Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, derogó la especificidad del etiquetado de la fecha de caducidad del yogur, así como el límite de venta de veintiocho días desde su fecha de fabricación, exigidos anteriormente en la norma de calidad para el yogur.

Como consecuencia de dicha derogación que ya comentamos en este post, el etiquetado de fechas del yogur se rige por la normativa horizontal europea sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y la relativa a la higiene de los alimentos. Es decir que los operadores de empresas alimentarias deberán determinar el tipo de fecha apropiada a cada producto, así como su límite temporal.

Por tanto, se considera necesario aprobar una nueva norma de calidad, eliminando los apartados derogados por el Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, y actualizando su contenido, a fin de facilitar su correcta aplicación, y derogando, por tanto, el Real Decreto 179/2003, de 14 de febrero.

Esta nueva norma de calidad tendrá como objetivo el establecimiento de las normas básicas de calidad para la elaboración y comercialización del yogur.

6. Modificación y actualización del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) a través de la revisión del Real Decreto 191/2011

Con la aprobación de este Real Decreto en 2014 se suprimirá la exigencia de inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos de las aguas minerales naturales y aguas de manantial y de los productos alimenticios destinados a un alimentación especial.

Aunque se seguirán manteniendo los trámites precisos para cumplir las exigencias de las disposiciones comunitarias: la actualización del listado de aguas reconocidas en España y el procedimiento de notificación de primera puesta en el mercado en el caso de los productos alimenticios destinados a una alimentación especial.

Todo ello con el fin de contribuir a la eliminación de cargas administrativas e impulsar la actividad comercial. De cómo nos afectará el nuevo Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos ya hablamos en este post.

 

7. Modificación de la regulación sobre los productos ibéricos

Tras muchos meses de idas y venidas, hace un año que lo comentamos en este post, todo apunta  que la Norma de Calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo de cerdo ibérico se aprobará en el Consejo de Ministros del próximo viernes, 20 de diciembre de 2013.  Por tanto la previsión es que se publique el sábado 21 y entre en vigor el lunes 23 de diciembre.

Entre las principales aspectos que se abordan en la propuesta, se trata de fijar las características de calidad que deben reunir los productos procedentes del despiece de la canal de animales porcinos ibéricos, que se elaboran o comercializan en fresco así como el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos elaborados o comercializados en España, todo estos sin perjuicio de la regulación de carácter general.

Además, se trata de simplificar el número de denominaciones de venta y de esta forma ayudar a que el consumidor pueda identificar perfectamente los productos que el mercado le ofrece. Por último, en la propuesta se ha considerado de especial relevancia potenciar el sistema de trazabilidad y el control, tales como la exigencia del precintado de las piezas cárnicas obtenidas en el matadero, mediante precintos inviolables que deben permitir identificar el sistema de cría y alimentación del animal.


Actualización de RTS (Reglamentación Técnico Sanitaria) que cumplen 30 años en 2014

Como podéis leer habrá bastantes cambios, pero ¿se abordarán otros temas tan necesarios como la actualización de RTS que cumplen 30 años en 2014?. Por citar un par de ellas, la RTS de salsas (RD 858/1984) o la RTS del pan (RD 1137/1984), entre otras.

El año se prevé intenso. Seguiremos informando de todas las novedades que vengan.
 

 

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