El informe de EFSA 2015 confirma que el empleo que se hace los plaguicidas en productos alimenticios es correcto y con carácter general se confirma la tendencia de cumplimiento de las exigencias legales en la materia, sirvan de ejemplo un par de datos: Un 97% de los resultados están dentro de los límites máximos de residuos (LMR’s) establecidos en el Derecho Alimentario UE y otra cifra relevante, más del 53% de las muestras no contenían residuos en una cantidad cuantificable. Comentamos el informe de EFSA.
Los LMR’s vienen regulados en el Reglamento nº 396/2005 de la UE y es la disposición legal de referencia para los controles que realizan las autoridades competentes en la materia. En este caso, se han tomado los planes de control en materia de plaguicidas en alimentos de los distintos Estados miembros (EEMM) de la UE y los controles efectuados durante 2015 para analizar la situación general.
Para hacer la valoración de la situación, se han tomado más de 84.000 muestras (en concreto 84.341) de alimentos de todo tipo, tanto producidos en la UE, como importados desde terceros países. Se han estudiado datos en relación con 774 pesticidas de acuerdo con los criterios fijados por EFSA.
Podemos tener la tranquilidad que, en la inmensa mayoría de los casos, más de un 97% cumplen con los límites legalmente establecidos en la regulación aplicable en la UE. En líneas generales los productos cumplen con los criterios, tanto los productos UE, como los procedentes de terceros países, si bien en este último caso el nivel de incumplimientos es poco mayor, un 5,6 % frente a un 3 % en el caso UE.
Es importante matizar los resultados, en tanto en cuanto la presencia de residuos de plaguicidas en alimentos (incluso en algunos casos en los que se llegan a superar los LMR) no implica de forma directa un problema de seguridad alimentaria. La regulación para fijar los LMR’s en la UE tiene en cuenta diversos aspectos, no únicamente los límites toxicológicos, sino otros como pueden las buenas prácticas agrícolas a la hora de emplear los fitosanitarios.
En nuestro caso se tomaron en consideración 2.186 muestras [frutas y hortalizas (58.20 %), alimentos de origen animal (17,2 %), cereales (2%), alimentos infantiles (4.5%), y alimentos procesados (17,9%)]. Destaca que los datos de España están por encima de la media, dado que el 98.9 % cumplían con los LMR’s legalmente establecidos.
Desde AINIA, ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas en Derecho Alimentario y en controles analíticos acorde con regulación de la UE, que podrán ayudarle en las cuestiones regulatorias o control analítico que sobre estos temas puedan surgirle.
Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que conozca con más detalle cómo desde el Derecho Alimentario podemos ayudarle a garantizar su seguridad jurídica y alimentaria.
José María Ferrer (338 artículos)