José María Ferrer / 15 Julio 2020

Próxima norma de calidad sobre las conservas vegetales

Es imprescindible contar con un marco legal adaptado a la realidad actual de la industria alimentaria en todos sus sectores, esta situación tiene especial relevancia en el ámbito de las conservas vegetales y ahora desde el Ministerio de Agricultura, por fin, parece que se van a tomar medidas al respecto. Con carácter previo a la aprobación de la nueva legislación se ha abierto una consulta pública, comentamos en el artículo los puntos más destacables.

Contamos con un marco legal en materia de conservas vegetales excesivamente antiguo, hay que tener en cuenta que la base de esta legislación la encontramos en el Real Decreto 2420/1978, de 2 de junio, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración y venta de conservas vegetales, así como la Orden de 21 de noviembre de 1984 por la que se aprueban las normas de calidad de las conservas vegetales. Además de aquellas cuestiones en las que todavía se considera el Código Alimentario Español, aprobado por el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español, cuyo capítulo XXVI, incluye las conservas de frutas y verduras.

Ante esta situación, no sólo la antigüedad de la regulación constituye un problema, sino que también debemos tener en cuenta la evolución de las normas internacionales (Codex alimentarius) y otros aspectos que indicen sobre las condiciones generales que deben cumplir las conservas vegetales teniendo en cuenta las nuevas tecnologías de fabricación y envasado, y posibilitando además la elaboración de nuevos productos.

La revisión normativa entre otros aspectos contribuye para garantizar la leal competencia entre las industrias, mejorar la competitividad del sector y para ello ha considerado las nuevas exigencias de los consumidores y del mercado, que están alineadas con las nuevas tecnologías de fabricación y envasado, y posibilitando además la elaboración de nuevos productos.

Los objetivos fundamentales de la futura regulación se centran en la simplificación de los productos y formas de presentación, la adaptación de los defectos y sus tolerancias al desarrollo tecnológico de los procesos de elaboración, y a la actualización de la información alimentaria facilitada al consumidor.

La nueva legislación recoge distintos elementos procedentes de la regulación comunitaria, tales como los vinculados con las denominaciones, presentaciones y categorías recogidas en los reglamentos propios de aquellas conservas vegetales que están amparadas bajo la aplicación del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, y por tanto, de las denominaciones y consideraciones específicas que su propio reglamento regula. En línea con las denominaciones y otros elementos también se han contemplado todas las obligaciones que se derivan del Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

La futura norma de calidad de las conservas vegetales nos presenta un marco regulatorio que refunde y consolida la legislación preexistente de tal forma que hace más sencilla su aplicación en la elaboración y comercialización de este tipo de productos. Por lo que prevé el borrador, es de esperar que en lo que resta de 2020 se apruebe la normativa y empiece a ser aplicable a partir de 2021.

Si necesita un asesoramiento legal sobre estos temas en AINIA contamos con un equipo de especialistas que pueden ayudarle a resolver cuestiones vinculadas con los requisitos legales aplicables a las conservas vegetales. También puede comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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