El Reglamento 1169/2011 que se aplica desde diciembre de 2014 todavía tiene que evolucionar en varias direcciones. En el artículo comentamos la situación actual del mismo y temas que serán legislados para complementar su desarrollo. Entre otros, las medidas voluntarias que se plantearán en el etiquetado de alimentos veganos, la evolución del etiquetado de alérgenos, la lista de ingredientes y etiquetado nutricional de las bebidas alcohólicas, o el etiquetado del origen de los ingredientes, con la leche creando tendencia. ¿Quiere saber más?
El consumidor evalúa la calidad de un producto alimentario en relación a la información presentada en la etiqueta. En consecuencia, la claridad en su etiqueta es un aspecto vital para aquellas empresas que pretenden mantener y fortalecer la confianza del consumidor en sus productos. Estar al día de la cambiante normativa de etiquetado es obligación de la industria y además clave para anticipar cambios en producto, formulaciones u otras medidas de procesado. En este artículo avanzamos para los profesionales interesados algunos temas que van a venir en breve en materia de etiquetado.
Un campo que está en ebullición es el de la información sobre productos dirigidos a grupos de población con especiales requisitos en su alimentación, es el caso de los veganos o vegetarianos. Cómo se resolverá la cuestión del etiquetado para ese tipo de alimentos u otros que entran en esta categoría, por ejemplo, aquellos que por su denominación podría parecer que son de origen animal y al estar destinados a esta población no contienen ingredientes de origen animal, es un tema que preocupa al sector.
Desde el punto de vista del Derecho Alimentario, hay que tener en cuenta que estos temas ya han sido contemplados en la jurisprudencia comunitaria, por ejemplo el asunto “TofuTown”, en el que se estudiaron cuestiones sobre denominaciones de productos puramente vegetales, pero que hacían referencia a los lácteos.
Además de haber sido tratado judicialmente el tema, la Comisión considera el tema en el marco del Reglamento 1169/2011 y prevé desarrollar medidas para facilitar información voluntaria sobre estos alimentos, siempre desde el respeto al principio de no inducción al error del consumidor. Tendremos que estar atentos a las propuestas de la Comisión.
Los denominados alérgenos constituyen otro apartado de relevancia en cuanto a la información al consumidor, tanto por las cuestiones en materia de salud para aquellas personas con alergias o intolerancias que requieren conocer los ingredientes de los alimentos que comen, como para los operadores alimentarios a la hora de facilitar los criterios para dar la información requerida.
La Comisión ha tratado de aportar luz y ayudar en estas cuestiones a través de la publicación de la “COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN de 13.7.2017 relativa a la información alimentaria facilitada acerca de las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, según figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor”, en la que en la medida de lo posible y considerado la complejidad de este tema ha dado criterios para facilitar la información sobre los alimentos que pueden ocasionar alergias o intolerancias.
En lo que respecta a las bebidas alcohólicas, ¿tendremos autorregulación o desarrollo legislativo para que incorporen lista de ingredientes e información nutricional en las bebidas alcohólicas……?. Sobre este tema, hace poco más de un año (marzo 2017) se publicó el informe de la Comisión en el que se instaba al sector para que planteará un sistema de autorregulación, que se presentó el pasado mes de marzo. Ahora debemos esperar a que la Comisión lo valore y dedica los próximos pasos a dar.
Sistemas alternativos de información nutricional, la cuestión sobre estos sistemas para trasladar la información nutricional es bastante convulsa, ya que todavía no está claro que va a suceder con las distintas opciones o posibilidades que se están barajando. Se trata de un tema candente, tal y como se aprecia en algunas cuestiones planteadas en el Parlamento Europeo (EU Parliament P-000569/2018).
Los sistemas de semáforo (países anglosajones) o nutriscore (Francia), no acaban de encajar y respetar la legislación aplicable. Ante esta situación, estamos a la espera del informe de la Comisión (previsto para finales 2018) que aportará criterio a la hora de incorporar estos sistemas voluntarios como un elemento facilitador y que respeten la legislación vigente. Tenemos que estar atentos, ya que es un tema en constante evolución, sirva de ejemplo que también llegan noticias de que en Rusia incorporan estos sistemas alternativos.
En cuanto al origen de productos, el desarrollo armonizado del artículo 26 del reglamento todavía no se ha culminado, se trata de un tema que ha cobrado bastante importancia y protagonismo, algunos ejemplos los vemos en países como Francia o Italia, ya cuentan con legislación relativa al origen de la leche:
O como en el caso de España que está prevista la aprobación de un Real Decreto para la indicación del origen de la leche (Borrador: Proyecto de Real Decreto relativo al etiquetado del origen de la leche como materia prima de la leche y los productos lácteos).
La evolución de los distintos aspectos en materia de etiquetado e información hace que tengamos muy presente la importancia de esta cuestión, ya que en un elevado porcentaje de los productos se presentan aspectos que deben ser corregidos. Muchos de estos temas son formales, aunque no debemos olvidar que incorrecciones en materia de etiquetado pueden tener una repercusión muy grave en materia de seguridad alimentaria, por ejemplo, un etiquetado incorrecto al mencionar los alérgenos, algo que por otra parte suele ser habitual en las alertas del RASFF.
Si pese a la información recogida tiene dudas respecto a los criterios legislativos, puede llamarnos y estaremos encantados de atender sus peticiones en lo concerniente al asesoramiento legal en Derecho Alimentario.
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José María Ferrer (348 artículos)