José María Ferrer / 07 Junio 2022

Seguridad Alimentaria en la Unión Europea, 20 años del Reglamento 178/2002

El Reglamento 178/2002 ha cumplido 20 años en los que ha marcado el devenir de la regulación alimentaria de la Unión Europea. Estamos ante un elemento clave del sistema de Seguridad Alimentaria de la UE. A finales del siglo XX y tras varias crisis alimentarias (todos recordamos el episodio de las vacas locas) se gestó el desarrollo del Reglamento (CE) Nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

Algunos de los aspectos más relevantes de la disposición que ha contribuido a la evolución del marco legislativo de la UE en materia de seguridad alimentaria son:

EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), se sentaron las bases para su creación y posterior desarrollo como organismo de la Unión responsable de la determinación del riesgo en materia de seguridad de los alimentos y los piensos.

  • La Trazabilidad, que hoy nos parece lo más normal del mundo, supuso una gran novedad y es un aspecto obligatorio desde el 1 de enero de 2005. Implantación de un sistema eficaz de trazabilidad de los piensos y los alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria.
  • Concepto de legislación alimentaria «las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables en la Comunidad Europea o a nivel nacional a los alimentos en general, y a la seguridad de los alimentos en particular. Se aplica a cualquiera de las etapas de la producción, la transformación y la distribución de alimentos así como de piensos producidos para alimentar a los animales destinados a la producción de alimentos o suministrados a dichos animales». La definición de la legislación alimentaria supuso un paso muy importante para la actividad al definir en ámbito de aplicación de las disposiciones legales que aplicamos en todas las fases de la cadena de producción de alimentos.
  • Análisis del riesgo. La legislación alimentaria se basa en el análisis del riesgo y en consecuencia el Reglamento 178/2002 procedió a la incorporación del análisis del riesgo como un proceso formado por tres elementos interrelacionados: determinación del riesgo, gestión del riesgo y comunicación del riesgo.
  • Responsabilidad de los operadores. Se estableció la distinción clara entre la responsabilidad de los operadores de las empresas de piensos y alimentos (producción de piensos y alimentos seguros) y las autoridades competentes de los Estados miembros (establecer sistemas de control adecuados).
  • Principio de precaución o cautela. En circunstancias específicas, cuando, tras haber evaluado la información disponible, se observe la posibilidad de que haya efectos nocivos para la salud, pero siga existiendo incertidumbre científica, podrán adoptarse medidas provisionales de gestión del riesgo para asegurar el nivel elevado de protección de la salud por el que ha optado la Comunidad, en espera de disponer de información científica adicional que permita una determinación del riesgo más exhaustiva.

Estos elementos han contribuido a que en la actualidad veamos todas las cuestiones inherentes a la seguridad alimentaria de forma holística, contemplando todos los eslabones de la cadena alimentaria, incluyendo la producción de piensos para animales (siguiendo el principio «de la granja a la mesa»). Tal y como en su día proponía el Libro Blanco de Seguridad Alimentaria mediante el Reglamento 178/2002, se ha transformado la política alimentaria de la UE en un instrumento anticipador, dinámico, coherente y global con el propósito de velar por un nivel elevado de salud de las personas y de protección de los consumidores.

 

¿Por dónde irá el Reglamento 178/2002?

El Reglamento 178/2002 ha sido modificado y seguirá siendo objeto de desarrollo en aquellos elementos en los que a lo largo de estos años no ha sido actualizado. Por ejemplo, en todo lo concerniente a la sostenibilidad, algo que en la hoja de ruta para el Sistema Alimentario Sostenible de la UE se ha tomado en consideración. Además de estos cambios, también es de esperar que se vea afectado por la evolución de la legislación alimentaria como consecuencia de la Estrategia de la granja a la mesa. Veremos en los próximos años un nuevo escenario en el ámbito de la seguridad alimentaria y su regulación UE.

Desde AINIA seguiremos la información relativa a estas técnicas y cómo pueden influir en cuestiones legislativas en la comercialización de los alimentos. Si necesitas un asesoramiento legal, desde AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico alimentario y en calidad y seguridad alimentaria. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn

 

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios

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